Buena ejecución
Responde ante tu cliente si no terminas el trabajo o no lo haces como dice el contrato.
Una aseguradora garantiza ante tu cliente o ante un organismo que cumplirás lo pactado. Sustituye al aval bancario en contratos entre empresas, obras privadas o aduanas, sin ocupar tus líneas de financiación.
Te avalo yo, sin pasar por el banco.
Tu caso
¿En qué punto estás con tu seguro de caución?
Lo básico y lo que puedes añadir. Límites y exclusiones dependen de cada aseguradora: te los enseñamos antes de contratar.
Responde ante tu cliente si no terminas el trabajo o no lo haces como dice el contrato.
Asegura al cliente que recuperará lo que te adelante si no cumples tu parte.
Ocupa el lugar del dinero que el cliente se guarda de cada factura hasta que acaba la garantía.
Garantías ante la aduana u otras entidades que admitan el certificado de caución.
Un límite aprobado por la aseguradora para emitir certificados a medida que los necesitas.
Certificados con las cláusulas que te pide quien recibe la garantía, si la aseguradora las acepta.
| Cobertura | Aval bancarioLo emite tu banco | Seguro de cauciónLo emite una aseguradora |
|---|---|---|
| Garantiza tu cumplimiento ante un tercero | ||
| Ocupa riesgo en tu banco | Habitualmente sí | — |
| Quién estudia tu solvencia | El banco | La aseguradora |
| Lo que pagas por él | Comisiones | Prima |
| Admitido en contratos públicos |
Orientativo: lo decisivo es que el beneficiario acepte la forma de garantía. Antes de pedir el certificado revisamos qué modelo o texto exige.
El banco te lo daría, pero a costa de bloquear parte de tu póliza de crédito.
Con una línea de caución, la aseguradora emite el certificado y tu crédito queda libre.
Es dinero tuyo parado durante meses, justo cuando más lo necesitas.
Un certificado de caución puede sustituir esa retención si el cliente lo acepta.
La aseguradora le paga lo que cubre el certificado.
Después te reclama a ti lo pagado: la caución garantiza al cliente, no te libera de la deuda.
Cuéntanos tu caso y un asesor te explica qué necesitas y qué no. Sin compromiso.
Los dos garantizan lo mismo ante el beneficiario. El aval lo firma un banco y suele computar en el riesgo que tienes con él; la caución la firma una aseguradora y deja tus líneas bancarias para financiarte. Lo importante es que el beneficiario la acepte.
Tú eres el tomador, porque eres quien asume la obligación. El asegurado o beneficiario es quien recibe la garantía: un cliente, una administración o un organismo. La aseguradora le indemniza si incumples y luego te reclama a ti.
Sí: la Ley de Contratos del Sector Público admite el seguro de caución como garantía. Como el proceso tiene sus reglas, lo explicamos aparte en garantía definitiva con seguro de caución.
Entonces no eres tú quien contrata la caución, sino el promotor. Qué garantía debes recibir y cómo reclamarla lo tienes en el seguro de cantidades anticipadas.
Revisado por el equipo de mediación de Unit Seguros Mediación SL, correduría de seguros inscrita en la DGSFP con la clave J2006. .
Respondes cuatro preguntas y un asesor te llama con varias opciones comparadas.